El Memorandum N° 11 emitido el 25 de octubre, por el Ministro de Educación, enviado a las Direcciones Regionales de la Provincia, " ... autoriza a las Instituciones Educativas a tramitar las solicitues de Licencias, sin requerir Juntas Médicas. Se considerarán las gestiones con los Certificados Médicos Oficiales extendidos por los Centros de Reconocimientos Médicos de la zona.
En este contexto se encausarán del mismo modo, las licencias gestionadas con aterioridad a este memorandum.
La medida incluye a las Licencias por Art 312 b2, largo tratamiento Licencia Especial Artículo 350... ( las cuales no se deberán exceder de 6-seis- meses).
La solución adoptada tendrá vigencia hasta la solución de los inconvenientes por parte del Ministerio de Salud Pública y la Dirección de Salud Ocupacional respectivamente."
Descargar memo 11
Aclaración: Este Memoradum es aplicable para los casos, cuyas
Juntas Médicas deban realizare en Pdcia. R. Sáenz Peña. Así lo aclara
el Memorandum N° 13
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26 de octubre de 2016
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5 comentarios:
ATECH Muchas gracias, pedir soluciones al Ministerio por las licencias por Art. 312 y 350. como así también Juntas Mérdicas.
Hola aurora. Yo quiero saber si se podría conseguir la ley q habla sobre la competencia de títulos para asesor pedagógico. Según me dijeron es la ley 3131. Espero su respuesta. Gracias
Soy docente titular y estoy con mi hija enferma de leucemia en Bues Aires, cómo gestiono la Lic. 350?
Hola Aurora. Buen día! Sabés cuáles son todos los documentos que hay q presentar para la licencia 350 y largo tratamiento? Agradecería ayuda 😊
Hola Aurora.. tendría la resolución 2052/16. Con la planilla de anexo de la estructura curricular. Es la estructura curricular del ciclo orientado del secundario
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